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  Sugerencias para constituir la Asamblea de Ciudadanos

 •Selecciona un lugar para realizar la reunión. Es conveniente que sea un espacio grande para que pueda participar todo el que lo desee y que este ubicado en un sitio al que todos puedan llegar fácilmente.

Escoge una fecha y una hora para realizar la primera reunión.

Elabora una convocatoria sencilla y organiza con algunos de tus vecinos un mecanismo para difundirla. Puede ser a través de llamadas telefónicas o pasando de puerta en puerta a convocar. Recuerda poner en la convocatoria el lugar y la hora de la reunión.

Asegúrate que quienes difundan la convocatoria expliquen a los vecinos la importancia de este mecanismo y de su participación en la Asamblea.

En las reuniones de la Asamblea solo participaran los vecinos de la comunidad. También podrán participar otros ciudadanos como invitados, siempre que la invitación se haga con conocimiento y acuerdo de la Asamblea. Los invitados no participaran en el momento de tomar las decisiones.

Para que las reuniones sean eficientes es recomendable que exista una agenda con los puntos a discutir que se difunda entre los vecinos con anterioridad y que sea aprobada al inicio de cada reunión.

Es recomendable que en cada reunión se establezca la fecha y hora de la siguiente.

Es recomendable que se nombre un director de debate que lleve el derecho de palabra y un relator que tome nota de las propuestas y acuerdos de la reunión. Para que pueda participar la mayor cantidad posible de vecinos es deseable que se establezca un tiempo máximo para cada intervención. En este caso, el director de debates avisará a cada persona cuando acabe su tiempo de intervención.

Todas las decisiones en las reuniones de la Asamblea serán tomadas por consenso entre los participantes. No debemos confundir consenso con unanimidad. Existe consenso cuando la mayoría de las personas participantes han expresado su acuerdo con la propuesta de decisión de la Asamblea. Si no se puede asumir que una decisión tenga el consenso de los participantes, se recurrirá a la votación y se tomara la decisión que apoye la mayoría.

Cada una de las reuniones de la Asamblea deberá terminar con un acta en la que queden registrados los asistentes, los puntos de discusiones y las decisiones tomadas. El acta deberá estar firmada por los participantes.

Es recomendable que las reuniones de la Asamblea cuenten con unas reglas de funcionamiento claras que sean aprobadas reunión de la Asamblea y conocidas por todos los participantes.

Recuerda enviar los acuerdos de cada una de las reuniones de la Asamblea de Ciudadanos de tu comunidad a asolasmercedes@icqmail.com

Tal como se establece en el articulo 70 de nuestra Constitución Nacional, una de las formas que tenemos los ciudadanos para ejercer nuestro poder soberano, es la organización de Asambleas de Ciudadanos.

Este es el momento de utilizar este mecanismo, que nos permite de forma directa y protagónica decidir entre todos lo que queremos hacer para incidir en la salida de la crisis que los venezolanos afrontamos.

 Una Asamblea de Ciudadanos es un espacio de debate y de toma de decisiones entre ciudadanos. Para que sea más efectivo y para que todos podamos participar, nos constituiremos en Asambleas de Ciudadanos en las comunidades en las que habitamos.

 Artículos de la Constitución Nacional que respaldan esta acción

 Artículo 5: La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quién la ejerce directamente en la forma previta en la Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público.

Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos.

Artículo 70: Son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, lo político: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocación del mandato, las iniciativas legislativas, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones serán de carácter vinculante, entre otros;

 y en lo social y económico: las instancias de atención ciudadana, la autogestión, la cogestión, las cooperativas en todas sus formas incluyendo las de carácter financiero, las cajas de ahorro, la empresa comunitaria y demás formas asociativas guiadas por los valores de mutua cooperación y la solidaridad.

La ley establecerá las condiciones para el efectivo funcionamiento de los medios de participación previstos en este artículo.

Artículo 350: El pueblo de Venezuela, fiel a su tradición republicana, a su lucha por la independencia, la paz y la libertad, desconocerá cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los valores, principios y garantías democráticos o menoscabe los derechos humanos.

 



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